miércoles, 3 de junio de 2026

Vender coche de segunda mano en España | Obligaciones y notificación DGT 2026

✔ Información actualizada en 2026

Vender un coche de segunda mano en España implica más obligaciones legales de las que muchos vendedores conocen. El más importante: notificar la venta a la DGT para dejar de ser responsable del vehículo. Si no lo haces y el nuevo propietario acumula multas o tiene un accidente, las notificaciones seguirán llegando a tu nombre. Esta guía explica las obligaciones del vendedor, cómo notificar la venta, qué documentación necesitas y cómo protegerte legalmente.

Obligaciones del vendedor al vender un coche

Al vender un vehículo de segunda mano el vendedor tiene estas obligaciones:

  • Notificar la venta a la DGT — comunicar el cambio de titular para que las multas y notificaciones dejen de llegar al vendedor
  • Entregar la documentación del vehículo — permiso de circulación, ficha técnica e ITV vigente si la hay
  • Firmar el contrato de compraventa — documento que acredita la transmisión
  • Cancelar el seguro o comunicar al seguro la venta para que no se renueve automáticamente

El cambio de titularidad en la DGT lo tramita el comprador — es su obligación y su coste (tasa de 55,70 €). Pero el vendedor puede y debe notificar la venta por su cuenta para protegerse, independientemente de lo que haga el comprador.

Cómo notificar la venta a la DGT — el paso más importante

La notificación de venta es un trámite distinto al cambio de titularidad. Lo hace el vendedor para comunicar que ya no es propietario del vehículo. Es gratuita y puede hacerse de dos formas:

Online — la vía más rápida

  1. Accede a la sede electrónica de la DGT: sede.dgt.gob.es
  2. Identifícate con Cl@ve o certificado digital
  3. Busca "Comunicación de venta de vehículo"
  4. Introduce la matrícula y los datos del comprador (nombre, DNI/NIE y domicilio)
  5. Guarda el justificante — es tu protección legal

Presencialmente en la Jefatura

Con cita previa, presentando el contrato de compraventa y el DNI. Menos recomendable por el tiempo que requiere cuando la opción online es inmediata.

Qué consigues con la notificación: a partir del momento de la notificación, cualquier multa o sanción generada por el vehículo se dirige al comprador — no al vendedor. Sin notificación, el vendedor sigue siendo el titular registral y recibe las multas.

El contrato de compraventa

El contrato de compraventa es el documento que acredita legalmente la transmisión del vehículo. No existe un modelo oficial obligatorio, pero debe incluir:

  • Datos del vendedor: nombre, apellidos, DNI, domicilio
  • Datos del comprador: nombre, apellidos, DNI/NIE, domicilio
  • Datos del vehículo: marca, modelo, matrícula, número de bastidor (VIN), año de fabricación, kilometraje
  • Precio de venta acordado
  • Fecha y lugar de la firma
  • Firma de ambas partes
  • Declaración de que el vehículo se vende libre de cargas (sin deudas pendientes, sin reserva de dominio)

Hacer dos copias — una para cada parte. El comprador la necesita para el cambio de titularidad; el vendedor la necesita como prueba en caso de disputa.

Documentación que debe entregar el vendedor

  • Permiso de circulación — el documento de la DGT que identifica al propietario
  • Ficha técnica del vehículo — características técnicas homologadas
  • ITV vigente — si tiene ITV en vigor, el comprador puede circular; si está caducada, el comprador tendrá que pasarla antes
  • Llaves — todas las copias disponibles
  • Manual del vehículo y libro de mantenimiento — si se conservan

Qué pasa con el seguro al vender el coche

Al vender el vehículo el seguro no se transfiere automáticamente al comprador — el comprador debe contratar su propio seguro. El vendedor debe:

  • Comunicar la venta a su aseguradora para dar de baja la póliza o trasladarla a otro vehículo
  • Si hay prima no consumida, la aseguradora puede devolver la parte proporcional
  • No esperar a la renovación — comunicarlo inmediatamente para evitar cargos

Comprobaciones previas antes de vender

Para evitar problemas legales posteriores, antes de vender conviene verificar:

  • Reserva de dominio: si el vehículo tiene un préstamo pendiente con reserva de dominio, no puedes venderlo sin cancelar la deuda o con el consentimiento de la entidad financiera. El comprador puede consultar si hay reserva de dominio mediante el informe de vehículo de la DGT.
  • Cargas y embargos: si el vehículo tiene deudas de multas impagadas o embargos, el comprador los hereda con el vehículo.
  • ITV: si la ITV está caducada, el comprador lo sabrá y puede negociar el precio. Tenerla en vigor facilita la venta.

Impuestos del vendedor: la plusvalía

Si vendes el coche por más de lo que lo compraste, la ganancia tributa en el IRPF como ganancia patrimonial. En la práctica, los coches suelen venderse por menos de su precio de compra — en ese caso hay una pérdida patrimonial que puede compensarse con otras ganancias en la declaración de la renta.

Si vendes por menos de lo que pagaste: pérdida patrimonial — no hay impuesto a pagar por la venta, y puedes declarar la pérdida.

Preguntas frecuentes sobre vender un coche de segunda mano

¿Tengo que notificar la venta a la DGT si el comprador va a hacer el cambio de titularidad?

Sí. Son dos trámites distintos. El cambio de titularidad lo hace el comprador, pero la notificación de venta la hace el vendedor para protegerse. Sin notificación, las multas siguen llegando al vendedor hasta que el comprador haga el cambio.

¿Cómo notifico la venta del coche a la DGT?

Online en sede.dgt.gob.es con Cl@ve o certificado digital — es gratuito e inmediato. También presencialmente en la Jefatura con cita previa. Guarda siempre el justificante.

¿El comprador puede circular con el coche antes de hacer el cambio de nombre?

Sí, con el contrato de compraventa firmado. El comprador tiene 30 días para tramitar el cambio de titularidad. Pero si el vendedor no notifica la venta, las multas que genere el comprador en ese plazo llegarán al vendedor.

¿Qué pasa si el comprador no hace el cambio de titularidad?

Si el vendedor notificó la venta a la DGT, está protegido — las multas se dirigirán al comprador desde el momento de la notificación. Si no notificó, seguirá recibiendo las multas indefinidamente hasta que se haga el cambio.

¿Puedo vender el coche si tiene un préstamo con reserva de dominio?

No sin cancelar la deuda o contar con el consentimiento escrito de la entidad financiera. La reserva de dominio es una carga sobre el vehículo que impide la transferencia libre de la propiedad.

¿Tengo que pagar impuestos por vender el coche?

Si vendes por más de lo que pagaste, la ganancia tributa como ganancia patrimonial en el IRPF. En la mayoría de casos los coches se venden con pérdida — en ese caso no hay impuesto a pagar y la pérdida puede compensarse en la renta.

📌 Fuente

Información elaborada en base al Reglamento General de Vehículos, la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial y fuentes oficiales de la DGT. Actualizada en 2026.

📍 Trámites DGT relacionados

Importar coche de la UE a España | Impuestos, ITV y matriculación 2026

✔ Información actualizada en 2026

Comprar un coche en otro país de la Unión Europea y traerlo a España es perfectamente legal y puede suponer un ahorro significativo — especialmente en Alemania, Bélgica o Portugal, donde los precios de ciertos modelos son más bajos. Pero el proceso de matriculación en España tiene varios pasos obligatorios y costes adicionales que hay que calcular antes de decidir. Esta guía explica el proceso completo, los impuestos a pagar y los plazos.

Vehículo nuevo vs vehículo de segunda mano de la UE

El proceso varía según si el vehículo es nuevo o de segunda mano:

  • Vehículo nuevo (menos de 6 meses o menos de 6.000 km): se considera medio de transporte nuevo a efectos fiscales. El IVA se paga en España — no en el país de origen. El vendedor extranjero no cobra IVA y el comprador lo liquida en España al matricular.
  • Vehículo de segunda mano (más de 6 meses Y más de 6.000 km): el IVA ya está incluido en el precio del país de origen. No se paga IVA en España, pero sí el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) si es entre particulares, o el Impuesto de Matriculación (IEDMT) en todos los casos.

Impuestos a pagar al importar un coche de la UE

1. Impuesto de Matriculación (IEDMT)

Es el principal impuesto específico de la matriculación en España. Se paga en la Agencia Tributaria antes de matricular. El tipo varía según las emisiones de CO₂ del vehículo:

Emisiones CO₂ (g/km) Tipo IEDMT
Hasta 120 g/km Exento
121 a 159 g/km 4,75%
160 a 199 g/km 9,75%
200 g/km o más 14,75%
Eléctricos e híbridos enchufables Exento

La base imponible del IEDMT es el valor de mercado del vehículo en España en el momento de la matriculación, no el precio pagado en el extranjero. La AEAT utiliza tablas de valoración propias.

2. IVA (solo para vehículos nuevos)

Si el vehículo se considera nuevo (menos de 6 meses o menos de 6.000 km), el IVA del 21% se paga en España al matricular. Se liquida mediante el Modelo 309 en la AEAT.

3. ITP (solo para segunda mano entre particulares)

Si el vehículo de segunda mano se compra a un particular extranjero (no a un concesionario), hay que liquidar el ITP en la comunidad autónoma correspondiente. El tipo varía entre el 4% y el 8% según la CCAA.

El proceso paso a paso

  1. Compra el vehículo y obtén la documentación: factura o contrato de compraventa, título de propiedad del país de origen, ficha técnica original (Certificate of Conformity — CoC) y, si es de segunda mano, baja del registro del país de origen.
  2. Traslada el vehículo a España: con matrícula de exportación o matrícula turística del país de origen — documentos que permiten circular temporalmente. Tienes un plazo limitado para matricular el vehículo en España.
  3. Obtén el Certificado de Conformidad (CoC): si el fabricante no lo entregó con el vehículo, puede solicitarse al importador oficial de la marca en España. Es el documento que acredita que el vehículo cumple la normativa europea — imprescindible para la ITV.
  4. ITV de importación: acude a una estación ITV con toda la documentación. La inspección verifica que el vehículo cumple los requisitos técnicos para circular en España — incluyendo la adaptación de los faros si el vehículo circulaba por la izquierda (Reino Unido, aunque ya no es UE). Si pasa, se emite el informe favorable.
  5. Liquidación de impuestos en la AEAT: paga el IEDMT (y el IVA si es vehículo nuevo) mediante los modelos correspondientes. Obtén el justificante de pago.
  6. Matriculación en la DGT: con toda la documentación (CoC, informe ITV favorable, justificante de impuestos, contrato de compraventa, DNI), solicita cita en la Jefatura Provincial de Tráfico para la matriculación. La DGT asigna matrícula española y expide el permiso de circulación.
  7. Contrata el seguro: una vez con matrícula española, contrata el seguro obligatorio.

Adaptaciones técnicas necesarias

Algunos vehículos importados de países de la UE requieren adaptaciones antes de pasar la ITV española:

  • Faros: los vehículos fabricados para mercados con conducción por la izquierda (principalmente UK, aunque ya no es UE) tienen los haces de luz orientados al lado contrario — hay que sustituir o adaptar los faros.
  • Velocímetro: en algunos casos puede estar en millas por hora — debe estar en km/h o tener ambas escalas.
  • Etiqueta de emisiones: puede diferir de los estándares españoles.

Plazos importantes

  • El vehículo importado de la UE debe matricularse en España en un plazo razonable desde la entrada en el territorio — la normativa no fija un plazo exacto, pero circular sin matricular más de 30 días puede generar problemas con Hacienda y la DGT.
  • El IEDMT debe liquidarse antes de la matriculación.
  • Si el vehículo es nuevo, el IVA debe liquidarse en el plazo del modelo 309.

Preguntas frecuentes sobre importar coche de la UE

¿Puedo traer un coche de Alemania o Francia a España?

Sí. La libre circulación de mercancías en la UE permite comprar un vehículo en cualquier estado miembro y matricularlo en España. Hay que pasar la ITV española, liquidar el impuesto de matriculación (IEDMT) y hacer la matriculación en la DGT.

¿Qué impuestos hay que pagar al importar un coche de la UE?

El principal es el Impuesto de Matriculación (IEDMT), que varía entre el 0% y el 14,75% según las emisiones de CO₂. Los vehículos con menos de 120 g/km están exentos. Si el coche es nuevo, también se paga el IVA del 21% en España.

¿Qué es el Certificado de Conformidad (CoC)?

Es el documento del fabricante que acredita que el vehículo cumple la normativa técnica europea. Es imprescindible para la ITV de importación en España. Si no se entregó con el vehículo, puede solicitarse al importador oficial de la marca en España.

¿Hay que pasar la ITV para matricular un coche importado de la UE?

Sí. Es obligatorio pasar una ITV de importación antes de la matriculación española, independientemente de si el vehículo tiene ITV vigente en el país de origen.

¿Es rentable importar un coche de la UE?

Depende del modelo, el país y las emisiones del vehículo. El ahorro en el precio puede reducirse significativamente con el IEDMT, los gastos de traslado, la ITV y las posibles adaptaciones técnicas. Conviene calcular el coste total antes de decidir.

📌 Fuente

Información elaborada en base a la Ley del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Ley 38/1992), el Reglamento General de Vehículos y fuentes oficiales de la DGT y la AEAT. Actualizada en 2026.

📍 Trámites DGT relacionados

ITV con defectos en España | Leve, grave y muy grave — qué pasa 2026

✔ Información actualizada en 2026

Presentarse a la ITV con defectos no significa necesariamente suspender — depende del tipo y gravedad de los fallos detectados. El sistema de clasificación de defectos de la ITV en España tiene tres niveles: leve, grave y muy grave. Conocer la diferencia puede evitarte una segunda cita innecesaria o, al contrario, evitarte circular con el vehículo sin autorización. Esta guía explica qué es cada nivel, qué pasa en cada caso y cuánto tiempo tienes para corregir los defectos.

Los tres niveles de defectos en la ITV

Defecto leve (DL)

Fallos menores que no comprometen la seguridad ni el medio ambiente de forma significativa. El vehículo pasa la ITV aunque tenga defectos leves. No es necesario subsanarlos para circular, aunque es recomendable.

Ejemplos habituales:

  • Pequeñas marcas o rayaduras en la carrocería
  • Ligera fuga de fluidos sin riesgo inmediato
  • Limpiaparabrisas con desgaste leve
  • Pequeñas grietas en parabrisas fuera del campo visual del conductor

Defecto grave (DG)

Fallos que pueden comprometer la seguridad vial o tener un impacto negativo en el medio ambiente, pero que no suponen un peligro inmediato. El vehículo suspende la ITV. Puede circular hasta la fecha de la próxima inspección o hasta dos meses para corregir los defectos — pero solo para ir al taller y volver a la ITV, no para uso ordinario.

Ejemplos habituales:

  • Neumáticos con profundidad de dibujo entre 1,0 y 1,6 mm (el mínimo legal es 1,6 mm)
  • Luces que no funcionan correctamente (intensidad insuficiente, orientación incorrecta)
  • Frenos con eficacia reducida pero dentro de ciertos márgenes
  • Fugas de aceite o líquidos con cierta entidad
  • Amortiguadores con funcionamiento deficiente
  • Dirección con holgura excesiva

Defecto muy grave (DMG)

Fallos que suponen un peligro inmediato para la seguridad vial o un impacto ambiental grave. El vehículo suspende la ITV y no puede circular — ni siquiera para ir al taller. Debe ser remolcado o trasladado en camión grúa. Circular con defecto muy grave es una infracción muy grave con multa de hasta 500 €.

Ejemplos habituales:

  • Neumáticos con profundidad de dibujo por debajo de 1,0 mm o con cortes que afectan la estructura
  • Frenos con eficacia muy reducida o completamente inoperativos en algún eje
  • Dirección con juego excesivo que compromete el control del vehículo
  • Fugas graves de combustible
  • Estructura del vehículo comprometida (bastidor doblado, carrocería con daños estructurales)
  • Luces de freno no funcionales

Qué pasa al salir de la ITV con cada resultado

Resultado ¿Puede circular? Plazo para subsanar Segunda inspección
Favorable (sin defectos) Sí, sin restricciones No necesaria
Favorable con defectos leves Sí, sin restricciones Recomendable pero no obligatorio No necesaria
Desfavorable (defectos graves) Solo para ir al taller y volver a la ITV 2 meses Sí — inspección parcial gratuita o reducida
Negativa (defectos muy graves) No — solo en grúa Sin plazo definido — hasta subsanar Sí — nueva inspección completa

La segunda inspección tras suspender

Si el vehículo suspende con defectos graves, la segunda inspección tiene condiciones especiales:

  • Debe realizarse en la misma estación ITV o en otra de la misma red dentro del plazo de 2 meses
  • Solo se revisan los puntos que generaron los defectos — no toda la inspección
  • El coste es inferior al de una inspección completa — habitualmente entre un 30% y 50% menos

Si se supera el plazo de 2 meses sin presentarse, la segunda inspección se convierte en una inspección completa con coste total.

Si el vehículo suspende con defectos muy graves, la segunda inspección siempre es completa independientemente del plazo.

Circular con ITV caducada o suspendida: consecuencias

  • ITV caducada: infracción grave, multa de 200 €
  • Circular con defecto grave tras suspender: infracción grave, multa de 200 € (si no es para ir al taller o a la ITV)
  • Circular con defecto muy grave: infracción muy grave, multa de hasta 500 € e inmovilización del vehículo

Cómo preparar el coche para la ITV

Los defectos más frecuentes que provocan suspensos y que se pueden revisar fácilmente antes de la cita:

  • Neumáticos: comprobar profundidad del dibujo (mínimo 1,6 mm), presión y estado de la banda de rodadura. Son la causa número uno de suspenso.
  • Luces: verificar que funcionan todas — cruce, carretera, posición, freno, marcha atrás, intermitentes y antinieblas. Llevar bombillas de repuesto.
  • Frenos: si notas que el coche tarda más en frenar o tira hacia un lado, revisarlos antes.
  • Nivel de fluidos: aceite, líquido de frenos, refrigerante y limpiaparabrisas.
  • Documentación: permiso de circulación, ficha técnica y justificante del seguro — sin documentación no se realiza la inspección.

Preguntas frecuentes sobre la ITV con defectos

¿Qué pasa si suspendo la ITV por defectos graves?

El vehículo puede circular únicamente para ir al taller a repararlo y volver a la ITV. Tienes 2 meses para subsanar los defectos y presentarte a una segunda inspección parcial a precio reducido.

¿Puedo circular si tengo defectos muy graves en la ITV?

No. Con defectos muy graves el vehículo no puede circular bajo ningún concepto — ni para ir al taller. Debe ser trasladado en grúa. Circular con defecto muy grave es infracción muy grave con multa de hasta 500 €.

¿Cuánto cuesta la segunda inspección tras suspender?

Si se realiza dentro del plazo de 2 meses en la misma red ITV, la segunda inspección es parcial y cuesta entre un 30% y 50% menos que una completa. Pasado ese plazo, la inspección es completa con coste total.

¿Los defectos leves hacen suspender la ITV?

No. Los defectos leves no impiden pasar la ITV — el resultado es favorable aunque queden anotados. Es recomendable subsanarlos pero no es obligatorio para circular.

¿Qué documentos hay que llevar a la ITV?

Permiso de circulación, ficha técnica del vehículo y justificante del seguro obligatorio vigente. Sin esta documentación la inspección no se realiza.

¿Cuál es el defecto más frecuente en la ITV?

Los neumáticos con desgaste insuficiente son la causa más habitual de suspenso. Revisar la profundidad del dibujo (mínimo 1,6 mm) antes de la cita es la comprobación más importante.

📌 Fuente

Información elaborada en base al Real Decreto 920/2017 sobre inspección técnica de vehículos y fuentes oficiales de la DGT. Actualizada en 2026.

📍 Trámites DGT relacionados

Radares de tráfico en España | Tipos, margen de tolerancia e impugnación 2026

✔ Información actualizada en 2026

Los radares de tráfico en España son los principales instrumentos de control de velocidad de la DGT. Hay varios tipos — fijos, móviles, de tramo y de semáforo — y cada uno funciona de forma distinta. Conocer cómo detectan, cuál es el margen técnico y qué posibilidades hay de impugnar una sanción puede marcar la diferencia entre pagar y recurrir con éxito. Esta guía explica cada tipo, cómo funcionan y qué argumentos son válidos para recurrir.

Tipos de radares de tráfico en España

Radar fijo

Instalado permanentemente en una ubicación concreta — habitualmente en un poste o cabina a pie de carretera. Mide la velocidad puntual del vehículo al pasar por su zona de detección mediante tecnología doppler o láser. Su ubicación está publicada oficialmente por la DGT y debe estar señalizado con un cartel de aviso previo.

Características clave:

  • Detecta vehículos en ambos sentidos en la mayoría de modelos modernos
  • Captura fotografía frontal y trasera del vehículo infractor
  • Funciona 24 horas, 365 días al año
  • La ubicación es pública y figura en el mapa de radares de la DGT y en apps de navegación

Radar móvil

Operado por agentes de tráfico desde un vehículo estacionado o en movimiento. Puede instalarse en cualquier punto de la red viaria sin previo aviso. No existe obligación de señalización previa para los radares móviles — es el argumento más utilizado en recursos, aunque los tribunales han confirmado su legalidad.

Características clave:

  • Se desplaza y puede actuar en cualquier punto de la red
  • No requiere señalización previa
  • El agente puede detener al conductor en el momento o enviar la denuncia por correo
  • Puede operar camuflado en vehículos sin distintivos visibles

Radar de tramo (control de velocidad media)

Mide la velocidad media del vehículo entre dos puntos separados — generalmente entre 1 y 10 km. Hay una cámara al inicio y otra al final del tramo. Si el tiempo entre ambas cámaras es inferior al que correspondería circulando al límite permitido, se genera la denuncia automáticamente.

Por qué es más eficaz que el radar puntual: el conductor no puede frenar al pasar el radar y luego acelerar — el sistema mide el tiempo total del recorrido. No importa a qué velocidad pasa por cada cámara, sino cuánto tarda en recorrer el tramo.

Características clave:

  • Dos cámaras — inicio y final del tramo señalizado
  • Mide velocidad media, no puntual
  • Muy eficaz en túneles, obras y tramos con velocidad reducida
  • El tramo debe estar señalizado al inicio con el límite de velocidad y la indicación de control de velocidad media

Radar de semáforo

Instalado en intersecciones con semáforo. Detecta vehículos que cruzan en fase roja y, en algunos casos, también controla la velocidad de aproximación. La infracción captada es saltarse el semáforo en rojo — infracción muy grave con multa de 200 € y pérdida de 6 puntos.

Radar en helicóptero y drones (Pegasus)

El sistema Pegasus opera desde helicópteros y drones de la DGT. Detecta no solo exceso de velocidad sino también uso del móvil, no llevar cinturón, distancia de seguridad insuficiente y adelantamientos peligrosos. Las imágenes son revisadas por agentes que cursan la denuncia si procede.

El margen técnico de los radares

Los radares tienen un margen de error técnico reconocido por la normativa. La DGT aplica un margen de tolerancia antes de sancionar para compensar posibles imprecisiones del aparato:

Velocidad registrada Margen aplicado
Hasta 100 km/h Se restan 7 km/h a la velocidad registrada
Por encima de 100 km/h Se resta el 7% de la velocidad registrada

Ejemplo práctico: si el radar registra 127 km/h en una zona de 120 km/h, la DGT aplica el 7% (≈ 9 km/h) y la velocidad sancionable es 118 km/h — por debajo del límite, por lo que no hay sanción. Si el radar registra 135 km/h en la misma zona: 135 - 9 = 126 km/h → sanción por 6 km/h de exceso.

Señalización obligatoria de los radares

La normativa establece distintas obligaciones de señalización según el tipo:

  • Radares fijos: obligatorio cartel de aviso previo con el símbolo de control de velocidad. Su ubicación debe estar publicada en la web de la DGT.
  • Radares de tramo: obligatorio señalizar el inicio y final del tramo con el límite y la indicación de control de velocidad media.
  • Radares móviles: no requieren señalización previa. Esta es la diferencia clave que muchos conductores desconocen.
  • Radar de semáforo: no requiere señalización específica adicional a la del semáforo.

Cómo impugnar una multa de radar

Si consideras que la sanción no es correcta, tienes 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones. Los motivos más sólidos:

  • Falta de calibración vigente: los radares deben pasar verificaciones periódicas. Si el radar no tenía la calibración en vigor en el momento de la infracción, la sanción puede ser nula. La calibración es pública y puede solicitarse al organismo competente de metrología de cada CCAA.
  • Falta de señalización en radar fijo: si no había cartel de aviso previo donde la normativa lo exige.
  • Error en la identificación del vehículo: si la matrícula o el vehículo identificado en la foto no coincide claramente con el tuyo.
  • Velocidad registrada incorrecta: si puedes acreditar que la velocidad real era inferior (por ejemplo, con datos del tacógrafo en vehículos profesionales).
  • Defectos formales: falta de datos del agente denunciante, fecha o lugar incorrectos, falta de identificación del aparato.

Lo que NO funciona como argumento: "no había señal de velocidad", "iba con el tráfico", "la multa llegó tarde". La ausencia de señalización solo es relevante para radares fijos, no para móviles.

Preguntas frecuentes sobre los radares de tráfico

¿Los radares móviles tienen que estar señalizados?

No. Los radares móviles no requieren señalización previa. La obligación de señalización solo aplica a los radares fijos y de tramo. Múltiples sentencias han confirmado la legalidad de los radares móviles sin señalización.

¿Cuál es el margen de tolerancia de los radares en España?

Hasta 100 km/h se restan 7 km/h a la velocidad registrada. Por encima de 100 km/h se resta el 7%. Este margen compensa el posible error técnico del aparato y se aplica antes de determinar si hay infracción.

¿Cómo funciona el radar de tramo?

Mide el tiempo que tarda el vehículo en recorrer una distancia fija entre dos cámaras. Si ese tiempo es inferior al que correspondería circulando al límite, se genera la denuncia. No importa la velocidad puntual en cada cámara — solo la media del tramo.

¿Puedo impugnar una multa de radar por falta de calibración?

Sí. Si el radar no tenía la calibración vigente en el momento de la infracción, la sanción puede ser nula. La calibración es pública y puede solicitarse. Es uno de los argumentos más sólidos en los recursos.

¿Dónde están los radares fijos en España?

La DGT publica el mapa oficial de radares fijos en su web (dgt.es). También aparecen en apps de navegación como Google Maps, Waze o TomTom. Los radares móviles no tienen ubicación fija publicada.

¿El sistema Pegasus puede multarme por el móvil o el cinturón?

Sí. El sistema Pegasus desde helicópteros y drones detecta múltiples infracciones: exceso de velocidad, uso del móvil, no llevar cinturón, distancia de seguridad insuficiente y adelantamientos peligrosos. Las imágenes son revisadas por un agente antes de cursar la denuncia.

📌 Fuente

Información elaborada en base a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015), el Reglamento General de Circulación y fuentes oficiales de la DGT. Actualizada en 2026.

📍 Trámites DGT relacionados

Ficha técnica del vehículo en España | Qué es, cómo leerla y duplicado 2026

✔ Información actualizada en 2026

La ficha técnica del vehículo es el documento oficial que recoge todas las características técnicas homologadas de un vehículo — motor, dimensiones, peso, emisiones, capacidades. Es imprescindible para realizar la ITV, transferencias, matriculaciones y cualquier modificación del vehículo. Esta guía explica qué información contiene, cómo leerla y cómo obtener un duplicado si se pierde.

Qué es la ficha técnica del vehículo

La ficha técnica (oficialmente llamada Certificado de Características Técnicas) es el documento emitido por el fabricante o por el Ministerio de Industria que acredita las características homologadas del vehículo. Se entrega al comprar el coche nuevo y debe conservarse durante toda la vida del vehículo.

No hay que confundirla con el permiso de circulación — son documentos distintos:

  • Ficha técnica: características técnicas del vehículo (motor, dimensiones, peso, emisiones). La emite el fabricante o Industria. No cambia de titular.
  • Permiso de circulación: documento administrativo que identifica al propietario del vehículo. Lo emite la DGT. Cambia en cada transferencia.

Qué información contiene la ficha técnica

La ficha técnica recoge los datos técnicos homologados del vehículo organizados en campos estandarizados a nivel europeo. Los más relevantes:

Campo Qué indica
Marca y modelo Fabricante y denominación comercial
Número de bastidor (VIN) Identificador único del vehículo — 17 caracteres
Cilindrada y potencia Cm³ del motor y kW / CV
Tipo de combustible Gasolina, diésel, híbrido, eléctrico, GLP
Masa en orden de marcha Peso del vehículo vacío con todos los fluidos
Masa máxima autorizada (MMA) Peso máximo con carga — importante para el carnet necesario
Número de plazas Ocupantes permitidos incluido el conductor
Emisiones CO₂ (g/km) Determina la etiqueta ambiental DGT
Velocidad máxima Velocidad máxima homologada del vehículo
Fecha de primera matriculación Determina la antigüedad del vehículo

Para qué se necesita la ficha técnica

  • ITV: el inspector verifica que las características del vehículo coinciden con la ficha técnica — dimensiones, peso, motor
  • Transferencia de vehículo: necesaria para acreditar las características del coche que se vende
  • Matriculación de vehículo importado: imprescindible para homologar el vehículo en España
  • Reformas y modificaciones: cualquier modificación técnica (motor, suspensión, carrocería) debe reflejarse en la ficha técnica mediante una reforma de importancia
  • Etiqueta ambiental DGT: las emisiones de CO₂ de la ficha determinan qué etiqueta corresponde
  • Seguro del vehículo: la aseguradora puede solicitar datos de la ficha para calcular la prima

Cómo obtener un duplicado de la ficha técnica

Si has perdido la ficha técnica hay varias opciones según el tipo de vehículo:

Vehículos con homologación europea (la mayoría de coches nuevos desde 2004)

El duplicado lo emite el fabricante o su red oficial de concesionarios — no la DGT. Acude al concesionario oficial de la marca con el número de bastidor (VIN) y el DNI. El coste y plazo varía según la marca — habitualmente entre 30 y 80 € y unos días de gestión.

Vehículos con homologación nacional (anteriores a 2004 o sin homologación europea)

El duplicado lo tramita el Ministerio de Industria a través de las Delegaciones Provinciales. Requiere cita previa y presentar el permiso de circulación y el DNI. La tasa es de aproximadamente 30 €.

Si el vehículo fue importado

Si la ficha original es extranjera y el vehículo fue matriculado en España, la ficha técnica española la emitió el Ministerio de Industria en el momento de la matriculación. El duplicado se tramita igual que el caso anterior.

Cómo leer el número de bastidor (VIN)

El número de bastidor o VIN (Vehicle Identification Number) es un código de 17 caracteres alfanuméricos que identifica de forma única cada vehículo. Está grabado físicamente en el chasis del coche — habitualmente en el salpicadero visible desde el exterior, en el pilar de la puerta del conductor o bajo el capó.

Los primeros tres caracteres identifican al fabricante (WMI), los siguientes seis describen el vehículo (VDS) y los últimos ocho son el número de serie único (VIS). Con el VIN puede consultarse el historial del vehículo, accidentes registrados e información técnica.

Ficha técnica y reformas del vehículo

Cualquier modificación técnica significativa del vehículo — cambio de motor, modificación de la suspensión, instalación de GLP, ampliación de carrocería — requiere una reforma de importancia que actualiza la ficha técnica. Sin este trámite, la modificación no es legal y el vehículo puede no pasar la ITV.

El proceso: taller especializado → proyecto técnico → aprobación del Ministerio de Industria → nueva ITV → ficha técnica actualizada.

Preguntas frecuentes sobre la ficha técnica del vehículo

¿Qué es la ficha técnica del vehículo?

Es el documento oficial que recoge todas las características técnicas homologadas del vehículo — motor, dimensiones, peso, emisiones y capacidades. Es imprescindible para la ITV, transferencias y cualquier modificación del vehículo.

¿La ficha técnica es lo mismo que el permiso de circulación?

No. La ficha técnica recoge las características del vehículo y no cambia de propietario. El permiso de circulación identifica al propietario actual y se actualiza en cada transferencia. Son documentos distintos emitidos por organismos distintos.

¿Dónde puedo obtener un duplicado de la ficha técnica?

Para vehículos con homologación europea: en el concesionario oficial de la marca con el número de bastidor. Para vehículos más antiguos o con homologación nacional: en la Delegación Provincial del Ministerio de Industria.

¿Es obligatorio llevar la ficha técnica en el coche?

No es obligatorio llevarla encima como sí lo es el permiso de circulación. Pero sí es necesaria para la ITV y para cualquier trámite de transferencia o modificación. Conviene guardarla en un lugar seguro junto con la documentación del vehículo.

¿Qué pasa si modifico el coche sin actualizar la ficha técnica?

La modificación no es legal. El vehículo puede ser retenido en la ITV, la compañía de seguros puede denegar la cobertura en caso de accidente y pueden imponerse sanciones administrativas.

¿Dónde está el número de bastidor (VIN) en el coche?

Habitualmente en el salpicadero visible desde el exterior a través del parabrisas, en el pilar de la puerta del conductor o bajo el capó. También figura en la ficha técnica y en el permiso de circulación.

📌 Fuente

Información elaborada en base al Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998), normativa del Ministerio de Industria y fuentes oficiales de la DGT. Actualizada en 2026.

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